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miércoles, 15 de octubre de 2014

NORMATIVA FITOSANITARIA.

Desde el año pasado, está pisando fuerte este tema, cada vez más controlado para el agricultor y para el comerciante.
Se establecen una serie de pautas para el agricultor, como por ejemplo, un carnet de manipulador de plagicidas, un documento que refleje de donde ha adquirido sus productos fitosanitarios y donde recicla sus envases.
Para el comerciante todavía resulta más costosa la correcta ubicación de dichos productos, ya que tienen que estar separados de cualquier otro producto si dispone de un  local mixto, que no sean los fitosanitarios, si se dedica a vender estos productos debe tener el carnet cualificado de manipulador de plagicidas de uso fitosanitario y los trabajadores a su cargo como mínimo el básico para poder vender y aplicar estos productos. La empresa dedicada a este tipo de productos también debería ofrecer a sus clientes un punto sigfito donde poder reciclar sus productos. Desde el sitio donde yo veo día a día a los agricultores de antaño, esta normativa les coge un poco por sorpresa y les cuesta un poco adaptarse a esta nueva situación, me gustaría saber que opina la gente sobre este tema.
¿pensáis que esta normativa la cumplirán al pie de la letra?

Existen unos productos  fitosanitarios clasificados de uso no profesional, les llaman así por que se utilizan en cantidades muy pequeñas que no excedan de 500ml o 500gr pero su materia activa sigue siendo igual de  nociva que los demás productos y no se necesita carnet para manipularlos.

¿Creéis que se debería exigir al menos el carnet básico para este tipo de productos?
http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/15/pdfs/BOE-A-2012-11605.pdf
Aquí adjunto la normativa.

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