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sábado, 25 de octubre de 2014

¿QUÉ ES UN PRODUCTO FITOSANITARIO?

¿Qué es un producto fitosanitario?

La Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de
plaguicidas, aprobada por el Real Decreto 3349/1983, en su artículo 2, punto 2.9 define:
“Plaguicidas de uso fitosanitario o productos fitosanitarios: Los destinados a su utilización en el ámbito de la sanidad vegetal, así como aquellos otros de análoga naturaleza
destinados a combatir malezas u otros organismos indeseables en áreas no cultivadas”.

Las sustancias o ingredientes activos, así como las formulaciones o preparados que
contengan uno o varios de ellos, destinados a cualquiera de los fines siguientes:

-Conservar los productos vegetales, incluida la protección de las maderas.
- Destruir los vegetales indeseables.
- Destruir parte de los vegetales o prevenir un crecimiento indeseable de los mismos.
 -Hacer inofensivos, destruir o prevenir la acción de otros organismos nocivos o indeseables distintos de los que atacan a los vegetales.
-Combatir los agentes nocivos para los vegetales y productos vegetales o prevenir su acción.
-Favorecer o regular la producción vegetal, con excepción de los nutrientes y los destinados a la enmienda de suelos.

Los productos fitosanitarios que son muy tóxicos para la salud humana y animal,tanto como para causar la muerte casi "invisible" está prohibido comercializarlos y aplicarlos por lo peligroso de sus efectos;puede haber gente que todavía conserve  en casa alguno de estos productos,es aconsejable que los elimine o los lleve a cualquier punto de reciclaje, es muy peligroso trabajar con esos productos. Son los productos llamados "PARAQUAT 12%" es la materia actia que contienen este tipo de fitosanitarios mortales. Os dejo unos enlaces donde podéis encontrar ejemplos de estas materias activas prohibidas,si los tenéiis en casa reciclarlos, no utilizarlos!.

Anexo – Denominación de las sustancias activas prohibidas y excepcionesDirectiva 83/131/CEE [Diario Oficial L 91 de 9.4.1983];
Directiva 85/298/CEE [Diario Oficial L 154 de 13.6.1985];
Directiva 86/355/CEE [Diario Oficial L 212 de 2.8.1986];
Directiva 87/181/CEE [Diario Oficial L 71 de 14.3.1987];
Directiva 87/477/CEE [Diario Oficial L 273 de 26.9.1987];
Directiva 89/365/CEE [Diario Oficial L 159 de 10.6.1989];
Directiva 90/335/CEE [Diario Oficial L 162 de 28.6.1990];
Directiva 90/533/CEE [Diario Oficial L 296 de 27.10.1990];
Directiva 91/188/CEE [Diario Oficial L 92 de 13.4.1991];
Reglamento (CE) n° 850/2004 [Diario Oficial L 158 de 30.4.2004].

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